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“El hijo de un pueblo prostituido y sin derechos, no puede sin deshonra personal, poner el pie en la casa, confesa o disimulada, de las personas o sociedades que representen al gobierno que prostituye a su pueblo y conculca sus derechos… Mientras un pueblo no tenga conquistados sus derechos, el hijo suyo que pisa en son de fiesta la casa de los que se lo conculcan, es enemigo de su pueblo.”

José Martí, en Patria, el 11 de noviembre de 1892.


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Nuevas resoluciones en Cuba
Topic Started: Wednesday May 2 2007, 07:59 PM (159 Views)
Alana
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Alana
[ *  *  * ]
Cuba autoriza importación de equipos de video

El Ministerio de Finanzas y Precios de Cuba autorizó a partir de mañana la importación no comercial de reproductores de video, prohibida desde julio de 2002, informó este lunes una resolución publicada en la gaceta oficial

"Resulta conveniente eliminar la prohibición (...), a los fines de que se responda a la política actual establecida para las importaciones que sin carácter comercial se realizan por viajeros", dice el texto suscrito por la titular de Finanzas, Georgina Barreiro Fajardo.

Añade que "la presente resolución entra en vigor a partir del 1 de mayo de 2007".

En la mayor de Las Antillas no se venden reproductores de video. Los que existen datan de antes de la prohibición o fueron adquiridos por sus propietarios en el extranjero y traídos a Cuba mediante una autorización especial del gobierno.

Cadena Global/DPA


http://www.gacetaoficial.cu/


26 de abril de 2007
GACETA OFICIAL 97
MINISTERIO ______ FINANZAS Y PRECIOS RESOLUCION No. 99/2007 POR CUANTO:
El Decreto-Ley No. 22, de fecha 16 de abril de 1979, que puso en vigor el Arancel de Aduanas de la República de Cuba para las importaciones sin carácter comercial, en su Disposición Final Primera, faculta a la que resuelve para establecer la lista de productos cuya importación sin carácter comercial se prohíbe, oído el parecer de los or- ganismos interesados; y que dicha lista podrá ser variada en las oportunidades que se esti- men pertinentes.

POR CUANTO: La Resolución No. 322, de fecha 11 de julio de 2002, dictada por el Ministro de Finanzas y Precios, prohíbe la importación sin carácter comercial, por via- jeros y mediante envíos, de equipos de vídeo de cualquier tipo, marca y modelo, inclu- yendo los que se fabrican y venden en el mercado incorporados a otros equipos.

POR CUANTO: Resulta conveniente eliminar la prohibición mencionada en el Por Cuanto anterior, a los fines de que se responda a la política actual establecida para las importaciones que sin carácter comercial se realizan por viajeros y mediante envíos, te- niendo en cuenta el desarrollo tecnológico actual de los equipos reproductores de imáge- nes, así como el uso extendido de éstos incorporados a otros equipos.

POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado, adoptado el 20 de junio de 2003, quien resuelve fue designada Ministra de Finanzas y Precios.

POR TANTO: En el uso de las facultades que me están conferidas, R e s u e l v o :

PRIMERO: Derogar la Resolución No. 322, de fecha 11 de julio de 2002, emitida por el Ministro de Finanzas y Precios.

SEGUNDO: La presente Resolución entra en vigor a partir del primero de mayo de 2007.

NOTIFIQUESE a la Aduana General de la República. PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba y archívese el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
Dada en la ciudad de La Habana, a los 25 días del mes de abril de 2007.
Georgina Barreiro Fajardo Ministra de Finanzas y Precios

Otra noticia

WILFREDO CANCIO ISLA
El Nuevo Herald
A partir de hoy el gobierno cubano reforzará el control sobre los trámites de los ciudadanos nacionales que quieran viajar al exterior por invitación familiar o asuntos personales, según resoluciones aparecidas en la gaceta oficial del país.

La resolución 87/2007 del Ministerio de Relaciones Exteriores dispone que cualquier invitación para visitas al extranjero por motivos personales sólo podrá tramitarse ante los consulados cubanos en el exterior y mediante un documento notarial debidamente legalizado, en conformidad con las leyes del país donde se expida.

La clave de la medida es que a partir de ahora los cónsules estarán autorizados para invalidar las invitaciones cuando lo consideren oportuno.

"Los cónsules están facultados para rechazar la invitación cuando concurran elementos que así lo aconsejen'', indica el texto de la resolución firmada por el canciller Felipe Pérez Roque.

De acuerdo con los reglamentos migratorios vigentes, los cubanos que fueran invitados por familiares o amigos residentes en el exterior debían presentar una carta notarizada, pero el documento de invitación podía certificarse en la Consultoría Jurídica Internacional de La Habana o en sus dependencias en el interior del país.

La opción de formalizar la carta de invitación en territorio cubano era usada por muchas personas para agilizar los trámites de viaje, apelando generalmente a un visitante o amigo extranjero. Incluso esta alternativa era común entre quienes habían procesado con éxito la visa de visita a Estados Unidos y aguardaban aún por la invitación familiar para proseguir las gestiones ante la Dirección de Inmigración y Extranjería.

Pero eso no será posible desde este 2 de mayo.

Una resolución complementaria del Ministerio de Justicia (MINJUS), suscrita por la titular María Esther Reus González, dictamina que todos notarios de ese organismo, sus extensiones y las sociedades civiles de servicio se abstendrán de formalizar escrituras de invitación de ciudadanos extranjeros y ciudadanos cubanos residentes en el exterior a cubanos que vivan en el país.

El MINJUS dispuso comunicar de inmediato la nueva reglamentación a la Dirección de Notarías y Registros Civiles, así como a las entidades que ofrecen servicios jurídicos en divisas: Consultores y Abogados Internacionales (CONABI), bufete del organismo; Consultoría Jurídica Internacional (perteneciente a la corporación CIMEX) y el Bufete Internacional (Cubanacán).

Las regulaciones no afectarán el trabajo de las agencias de viajes a Cuba radicadas en Estados Unidos, las cuales procesan cartas de invitación a través del Consulado cubano en Washington por un costo aproximado de $180.

De hecho, varias agencias consultadas por El Nuevo Herald desconocían las resoluciones emitidas por Cuba.

"Para nosotros esta medida no tiene ningún impacto'', dijo Armando García, presidente de Marazul en Miami. "Considero que está concebida para racionalizar y garantizar las funciones consulares sobre un proceso que estaba totalmente descontrolado''.

En Cuba la formalización de cartas de invitación se hallaba congelada desde hace varios días, a la espera de las nuevas regulaciones.

Desde hoy el procedimiento implica que el documento notarial de la invitación contenga "los [datos] generales del invitante y el invitado, el motivo de la visita y el compromiso del invitante de responder económica y legalmente por el invitado ante las autoridades del país en que reside''.

Al recibir el documento notarial, los cónsules verificarán el cumplimiento de los requisitos para la invitación, aceptarán el documento después de confirmar su autenticidad y elaborarán una certificación oficial que será presentada antes las autoridades migratorias cubanas.

En su función notarial, los cónsules quedarán facultados para formalizar la invitación cuando existan vínculos de parentesco comprobados "hasta el segundo grado de consanguinidad entre el invitante y el invitado''


27 de abril de 2007 GACETA OFICIAL 99 : : :

MINISTERIOS ______ JUSTICIA RESOLUCION No. 75 POR CUANTO: Quien suscribe fue designada Ministra de Justicia por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 23 de marzo de 2007.

POR CUANTO: El Acuerdo del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros de 25 de noviembre de 1994, número 2817 para control administrativo, aprobó, con carácter pro- visional, los deberes, atribuciones y funciones comunes de los organismos de la Administración Central del Estado y de sus jefes, y en su Apartado Tercero, numeral cuatro, los faculta para dictar, en el límite de sus facultades y compe- tencia, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo; y, en su caso, para los demás organismos, los órganos locales del Poder Popular, las entidades estatales, el sector coopera- tivo, mixto, privado y la población.

POR CUANTO: La Resolución número 87 de 23 de abril de 2007, del Ministro de Relaciones Exteriores, dispo- ne que las cartas de invitación extendidas por ciudadanos extranjeros y ciudadanos cubanos residentes en el exterior, a favor de ciudadanos cubanos residentes en Cuba, para viajar al exterior por razones particulares, se tramiten en el país de residencia del invitante.


POR CUANTO: La Resolución número 201 de 22 de septiembre de 1999, de este Organismo, puso en vigor las tarifas para los servicios notariales que se prestan por la Notaría Especial del Ministerio de Justicia, sus extensiones y las sociedades civiles de servicios jurídicos que cuentan con servicios notariales.


POR CUANTO: Resulta necesario disponer que los no- tarios que prestan servicios notariales en la Unidad Presu- puestada “Notaría Especial”, sus extensiones y las socieda- des civiles de servicios, en lo adelante, se abstendrán, de formalizar Escrituras de Invitación.


POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas, R e s u e l v o :

PRIMERO Los notarios que prestan servicios en la Unidad Presupuestada “Notaría Especial” de este Organis- mo, sus extensiones y las sociedades civiles de servicios, se abstendrán de formalizar Escrituras de Invitación de ciuda- danos extranjeros y ciudadanos cubanos residentes perma- nentes en el exterior, a ciudadanos cubanos residentes en el país.

SEGUNDO El Director de la Dirección de Notarías y Registros Civiles del Ministerio queda encargado del cum- plimiento de lo dispuesto en la presente.

TERCERO La presente Resolución entra en vigor a partir del 2 de mayo de 2007.

NOTIFIQUESE a los directores de la Dirección de Nota- rías y Registros Civiles y de Servicios Legales Especializa- dos de este Organismo, a la Directora de la Unidad Presu- puestada “Notaría Especial”, a los directores de las socieda- des civiles de servicios “Consultoría Jurídica Internacional S.A.”, “Bufete Internacional S.A.” y “Consultores y Aboga- dos Internacionales”, en forma abreviada “CONABI”.

COMUNIQUESE al Ministro de Relaciones Exteriores, a los viceministros de este Organismo y a cuantas más perso- nas proceda. PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República. ARCHIVESE el original de la presente disposición en la Dirección de Legislación y Asesoría de este Ministerio. DADA en la ciudad de La Habana, a los 25 días del mes de abril de 2007. María Esther Reus González Ministra de Justicia ________________ RELACIONES EXTERIORES RESOLUCION No. 87/2007 POR C


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http://www.declaraciondemadrid.blogspot.com/
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hantofe
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Administrador
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Una ley complemente la otra, si no puedes lograr que el extranjero haga la gestión en el consulado de su país, quien así estará al tanto de como se mueve la cosa en su área de atención o país, pero para el cubano, entonces le quedará que el extranjero puede enviarle un reproductor de DVD y así podrá ver los paisajes del país donde quiera ir, la casa del extranjero, y los aeropuertos, los bistecks con papa frita, y todo eso que es extranjero como la malanga. Simplemente su amigo graba lsa cosas y se las envia por DVD.

Oye, que en Cuba el régimen se preocupa por todo, aprieta por aquí y afloja por allá.

Gracias Alana, al menos ahora el movimiento de infiltrados se podrá notar más facilmente or los departamentos de inteligencia de los paises, pues el consul se encargará de mostrarselos filtrados.
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M3,-Jovencubano
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Puntillazo
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Esto sencillamente da pena,,ni los mismo que defienden a castro pueden explicar que hace un ministro creando leyes para la entrada de vídeos,,por dios ¡¡..es problema un vídeo,,no,,es problema que se pone en el vídeo ??..si claro.,,pero mira habrá quien le agradezca a la fuckin revolución poder tener un vídeo,,que ignorancia.

Aunque mirándolo bien,,pensemos que esta ley aportara
mas dinero al bolsillo de alguien o no ? :bullet:
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Blog de imagenes de hantofe Con Esteban en Escorado2 isla2 <⌐⌐FARO DE RECALADA¬¬> Todo sobre los Secretos de Cuba con Luis Dominguez y foristas Un Forista destacado de Secretos de Cuba, escribe en su foro DAMAS DE BLANCO BARACUTEY CUBANO